This poster was originally presented at the SERAM 2012 meeting, May 24-28, in Granada/ES. Este póster ha sido presentado originalmente en el congreso de la SERAM 2012, 24-28 de mayo, en Granada/ES.
www.seram.es
Type:
Presentación Electrónica Educativa
Keywords:
Obstetrics (Pregnancy / birth / postnatal period), Foetus, Medico-legal issues, Decision analysis, Obstetrics
Authors:
R. M. Fernández Quintero1, M. E. Banegas Illescas1, A. Gil Agudo1, M. L. Rozas Rodríguez2, A. Pérez Durán3, R. Quintana de la Cruz1; 1Ciudad Real/ES, 2Ciudad Real /ES, 3Madrid/ES
DOI:
10.1594/seram2012/S-0181
Conclusiones
La realización de exploraciones de imagen con radiación ionizante en gestantes precisa de una correcta justificación individualizada de su indicación. En caso de ser necesaria su realización debe optimizarse el procedimiento para minimizar la dosis fetal.
Las dosis prenatales debidas a la realización de técnicas de imagen que implican el uso de radiación ionizante (si se realizan adecuadamente y no involucran a la región abdómino-pélvica) no se asocian a incremento apreciable del riesgo de muerte,
malformación o deterioro mental del feto.
En aquellas exploraciones que afectan a zona pélvica o abdominal debe justificarse con mayor detalle la indicación de la misma,
evaluando la posibilidad de realización de otras pruebas que no utilicen radiación ionziante como primera opción.
En cualquier caso,
previa justificación individualizada,
podría afirmarse que casi siempre el riesgo para la madre,
si no se realiza el procedimiento diagnóstico,
es mayor que el riesgo potencial para el feto.
Sin embargo,
por motivos obvios en una embarazada se recomienda iniciar el estudio de imagen mediante técnicas que no empleen radiación ionizante como la Eco o la RM dejando aquellas que sí las usan para cuando los primeros no son concluyentes o no se encuentran disponibles y procurando,
en cualquier caso,
que la dosis fetal recibida sea la menor posible.
Desde un punto de vista legal es el/la radiólogo/a el/la responsable de valorar la correcta indicación del procedimiento radiológico así como de definir aquellas alternativas al mismo que impliquen menor riesgo radiológico fetal.
El/la radiólogo/a debe informar a la madre sobre los riesgos reales y los potenciales beneficios del procedimiento.
Ésto ayuda por un lado a disminuir la ansiedad materna y por otro proporciona a la embarazada la información necesaria para consentir o no la realización del estudio con pleno conocimiento de las posibles consecuencias derivadas de su decisión.